- diputación
- (Del bajo lat. deputatio, -onis.)► sustantivo femenino1 Conjunto de los diputados o conjunto de representantes de un cuerpo.2 Cargo de diputado.3 Tiempo de duración del cargo de diputado.4 Asunto que se encarga a un diputado o representante.FRASEOLOGÍAdiputación permanente POLÍTICA Comisión representativa para ciertos fines, de la autoridad de las cortes mientras no se hallan reunidas o están disueltas.diputación provincial POLÍTICA 1. Corporación que dirige y administra los intereses de una provincia. 2. Local donde los diputados provinciales celebran sus sesiones.
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diputación1 f. Acción de diputar. ⊚ Ejercicio del cargo de diputado. ⊚ Duración de él.2 (acep. corriente) Diputación provincial.Diputación general de los reinos. Conjunto de los diputados representantes de ciudades en las *Cortes antiguas.D. permanente. Comisión formada dentro de las *Cortes españolas, tanto de las antiguas como de las de la época democrática, que, en ciertos casos, tenía la representación de las Cortes.D. provincial. *Organismo formado por los diputados provinciales, que tiene a su cargo dirigir y administrar los intereses de cada provincia.* * *
diputación. (Del lat. deputatĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de diputar. || 2. Conjunto de los diputados. ORTOGR. Escr. con may. inicial. || 3. Ejercicio del cargo de diputado. || 4. Duración de este cargo. || 5. Quehacer que se encomienda al diputado. || Diputación General de los Reinos. f. Cuerpo de diputados de las ciudades de voto en Cortes. || Diputación Permanente. f. Comisión representativa para ciertos fines, de la autoridad de las Cortes, mientras no se hallan reunidas o están disueltas. || Diputación Provincial. f. Corporación elegida para dirigir y administrar los intereses de una provincia. || 2. Edificio o local donde los diputados provinciales celebran sus sesiones.* * *
► femenino Acción y efecto de diputar.► Cargo de diputado.► Duración de este cargo.► Negocio que se comete al diputado.► Conjunto de diputados.► diputación provincial En España, corporación que administra los intereses de una provincia, y local que ella ocupa.
Enciclopedia Universal. 2012.